La comunicación del accidente por parte del empleador es obligatoria para que el trabajador reciba la cobertura correspondiente. El beneficio incluye un subsidio mayor al de una enfermedad común y, en casos de incapacidad o fallecimiento, prestaciones permanentes.
Un accidente durante la jornada laboral o en el trayecto de ida o regreso al trabajo puede representar una diferencia sustancial en la cobertura que brinda el Instituto de Previsión Social (IPS).
La directora de Riesgos Laborales, Tanya Ibáñez, explicó que el reconocimiento formal del hecho como accidente laboral permite acceder a un subsidio superior, atención médica integral y, en situaciones graves, pensiones para el trabajador o sus derechohabientes.

El primer paso: comunicar el accidente
Una vez atendida la emergencia médica, la empresa debe comunicar formalmente el accidente al IPS mediante el formulario habilitado para ese fin. Ese trámite permite analizar las circunstancias del hecho y determinar si corresponde su calificación como accidente laboral.
«La empresa tiene que comunicar… ese trámite administrativo es indispensable para que el instituto califique el evento como un accidente de trabajo», explicó.
Precisó que la comunicación debe realizarse incluso cuando el accidente ocurre fuera de la empresa, siempre que exista relación directa con la actividad laboral o con el trayecto habitual entre el domicilio y el lugar de trabajo.
¿Qué cambia cuando el IPS reconoce el accidente?

La principal diferencia radica en el nivel de protección que recibe el asegurado. Mientras un reposo por enfermedad común genera un subsidio equivalente al 50% del salario promedio, un accidente laboral reconocido eleva esa cobertura al 75%. Además, el trabajador recibe atención médica sin exigir un período mínimo de aportes.
«Te pudieron haber dado entrada hoy en tu trabajo y al día siguiente tuviste un accidente. Igual el instituto te va a dar toda la atención médica que necesites», reiteró Ibáñez.
La cobertura incluye:
- Consultas.
- Cirugías.
- Internaciones.
- Medicamentos.
- Terapias.
- Prótesis y demás prestaciones necesarias para la recuperación del asegurado.
En casos de incapacidad, protección para la familia
Cuando el accidente deja secuelas permanentes, el IPS realiza evaluaciones periódicas mediante una Junta Médica especializada para determinar la capacidad laboral del asegurado. Si la incapacidad supera el 30%, el trabajador accede a una pensión permanente.
En caso de fallecimiento, la protección económica alcanza al núcleo familiar:
- Asistencia permanente: para viudas e hijos con discapacidad.
- Asistencia temporal: hijos menores hasta los 18 años.
Concientización para empresas
La directora sostuvo que muchas empresas aún omiten comunicar estos hechos por temor a eventuales responsabilidades administrativas, aunque aclaró que el IPS no determina sanciones sobre las condiciones del accidente.
Insistió en que informar oportunamente protege tanto al trabajador como al empleador y permite activar de inmediato todos los beneficios previstos por la seguridad social.
«La intervención de la patronal en la comunicación, lo más rápido posible, es imprescindible para que el trabajador pueda acceder a todas las prestaciones que le corresponden», concluyó.
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