La decisión del Tribunal de Apelación de Feria de ratificar el rechazo de un amparo constitucional presentado por los padres de un adolescente con Trastorno del Espectro Autista (TEA) y de su hermana, a quienes un colegio privado católico les negó la matriculación, reavivó el debate sobre la inclusión educativa y la vigencia efectiva de las normas de protección de derechos en Paraguay.
El fallo confirmó la resolución dictada el 31 de diciembre de 2025 por el juez penal de sentencia Mario García Marino, que desestimó la garantía constitucional promovida contra la institución educativa. La familia había alegado un acto de discriminación, al impedir el acceso a la continuidad escolar de ambos estudiantes.
En diálogo con Central Radio 1140 AM, Diana Villalba, vicepresidenta de una asociación que nuclea a familias de personas con TEA, expresó sorpresa y preocupación por la decisión judicial. “Nos sorprende, porque de la justicia no esperábamos eso. Si la justicia nos rechaza y nos discrimina, ¿a dónde vamos a recurrir?”, manifestó.
Según la información difundida, el adolescente debía cursar el tercer año de la educación media en el mismo colegio donde había transitado su etapa escolar. El joven presenta TEA grado 1, sin déficit intelectual ni deterioro del lenguaje, y mantenía un buen desempeño académico. Incluso había manifestado interés en postularse al Centro de Estudiantes, iniciativa que también fue desestimada por la institución.
Villalba señaló que, aunque los avances en inclusión son visibles, aún persisten resistencias en algunos establecimientos educativos. “Hay instituciones que directamente no quieren a chicos con autismo y les cierran las puertas. Esto pasa más de lo que creemos”, afirmó.
Desde su experiencia como docente universitaria, relató que la falta de capacitación específica no debería convertirse en un argumento para excluir. “No estamos siempre entrenados, pero sabemos de dónde sacar paciencia, amorosidad y guía para acompañar a los estudiantes”, expresó.
Educación inclusiva y marco legal vigente.
La dirigente recordó que el derecho a la educación está garantizado por la Constitución Nacional, la Ley de Educación Inclusiva y una resolución del Ministerio de Educación y Ciencias que establece la obligatoriedad de capacitación y adecuación institucional para la atención de personas con TEA en establecimientos públicos, privados y subvencionados.
“El derecho a la educación no se le niega a nadie. La normativa existe y es clara”, remarcó Villalba, quien consideró necesario analizar en profundidad los fundamentos de la sentencia para promover instancias de capacitación dirigidas a magistrados y operadores judiciales.
La asociación ya ha desarrollado en años anteriores jornadas de formación para jueces y funcionarios judiciales, con el objetivo de fortalecer la comprensión sobre el autismo y los derechos de las personas con discapacidad.
Villalba planteó que, además del ámbito judicial, el caso debería ser puesto en conocimiento de la Dirección General de Educación Inclusiva, a fin de evaluar eventuales sanciones administrativas y garantizar que las instituciones educativas cumplan con sus obligaciones legales.
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